• Deportistas con licencia federativa oficial, de deportista o entrenador, propia de la práctica de la vía ferrata.
  • Por medio de la participación en una actividad organizada por una persona o entidad organizadora autorizada por el Ayuntamiento de Cedeira.

En ambos casos es obligatorio cumplir con lo establecido para las personas usuarias en el Reglamento de uso de la vía ferrata Senda do Santo, particularmente en sus artículos tercero, cuarto y quinto. (BOP nº 175 – miércoles, 14 de septiembre de 2022)

(BOP nº 175 – miércoles 14 de septiembre de 2022)

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